Holaaa
acabo de hablar con el servei catala de transit i me ha confirmado que:
se puede llevar un carrito para transportar cosas en la bici, siempre que cumpla las directrices de la ley de trafico, no superar el 50% de la masa de vehiculo tractor, circular de dia o con buena visibilidad y no sobrepasar el 90% de la velocidad maxima de la via.
no se puede llevar un carrito con personas, a no ser que el ayuntamiento de la localidad por la que circulamos lo autorice expresamente.
siempre con casco
lo comento por varias informaciones que aparecieron en tv3, hablando de que los mossos empezarian a multar a ciclistas, despues de un periodo de informacion.
v´sss
Artículo 22. Ciclos y bicicletas.
6. Los ciclos y bicicletas no podrán arrastrar remolque o semirremolque alguno.
Que no me parece nada lógico, pero vaya...
que hi ha motard!!!
no superar el 50% de la masa del vehiculo tractor? la masa de una bici es bastante escasa no?? es que yo soy de letras.... pero creo que la masa es muy churro, cualquier remolque de esos de bici superan la masa de la bici tractora, y probablemente el peso ( si me cuentan a mi como animal tractor evidentemente no...)
alguien me lo puede explicar pa que lo entienda????
holaaa
pues he hablado este mediodia con los mossos del pueblo y ni te cuento la cara que ponia, uno ha preguntado como enganchaba el carrito del niño a la bici, le he tenido de explicar que son carritos ya preparados para ir con la bici, que no consistia en agarrar el carrito normal a la bici con un par de abrazaderas, el otro se partia la caja, y otro amigo lo ha preguntado en su pueblo y tampoco sabian nada.
resumiendo lo que nos han dicho entre las dos comisarias, casco, reflectantes y mucho cuidado, el resto, hasta que no tengan un reglamento claro, depende del mosso que te pare i del humor que tenga.
vamos apañaos
v´sss
ara entenc perque tothom em mirava malament!!!!! jo havia enganxat el bressol a la bici!!!...eix seriosament....que ara que ja havia fet numeros per comprar bici nova.... em restringeixin amb aquesta normativa...vaaaaaaaaaaaa a ser que no!! si els remolcs estan homologats no?...a veure si aclareixen la normativa
Artículo 12 del reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003):
Las motocicletas, los vehículos de tres ruedas, los ciclomotores y los ciclos y bicicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no superen el 50 % de la masa en vacío del vehículo tractor y se cumplan las siguientes condiciones:
a. Que la circulación sea de día y en condiciones que no disminuyan la visibilidad.
b. Que la velocidad a que se circule en estas condiciones quede reducida en un 10 % respecto a las velocidades genéricas que para estos vehículos se establecen en el artículo 48.
c. Que en ningún caso transporten personas en el vehículo remolcado.
En circulación urbana se estará a lo dispuesto por las ordenanzas correspondientes.
Sobre la velocidad máxima:
Artículo 48: Para ciclos, ciclomotores de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros: 45 kilómetros por hora. No obstante, los conductores de bicicletas podrán superar dicha velocidad máxima en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía permitan desarrollar una velocidad superior.
Holaaa
osea, a no ser que el ayuntamiento de la ciudad donde circulamos tenga alguna ordenanza que lo permita, todos los cochecitos en los que llevamos a nuestros hijos no estan permitidos... no?
una cerveza a que somos el unico pais europeo en el que se da esta situacion.
v´sss
Tranquilo, Jb!!... me apostaria lo que fuera a que no hay ningún mosso que te multe por llevar un carrito con los niños que esté homologado..... como siempre pasa en este país de pacotilla .... las leyes las hacen unos que saben mucho de teoría... (y que queda muy bién ahora que hay elecciones...) pero que no tienen ni pajotera idea de la práctica..... Haber quién es el majo que te multa por llevar un carrito con tus niños por una vía que no sea principal, ni autovía, etc.... seguro que vas a ir tranquilo, tranquilo... porqué por un lado homologan los remolques y por otro prohiben su uso... como siempre... a las mismas... viva las decisiones incongruentes y contradictorias... precisamente estamos al mejor país para esto!!... Vaya pandilla !!!... Dios los cria... y ellos se juntan!!!..
Que les den!!.... ahora que precisamente estamos pensando en comprar algun bob.... qué pasa?.. que el bob pesa 7 kg. y la bici 12?... pues lo del 50%..... buff...... que vengan y me lo pesen!!!.. jejeje!!... que les den! Qué fácil es prohibir... y que difícil es razonar e educar!!!... A ver quién es el guapo que para a los profesionales por no llevar un reflectante a su "flamante" bici de 8.000 euros!!!..jajajajaja!!!.. por el forro!!!.. o todos o nadie!!!
Uff... y es que hoy me he levantado un poco guerrillero!!!... Pero es que siempre lo mismo!!.. encima que vamos 20 años atrás con estos temas... comparado en otros paises.... los muy capullos se entozudecen en serlo aún más!!!...
Un saludo!!... y a disfrutar de la bici, los remolques y lo que haga falta!!!
Freu
,,,,,,,muy bien Freu..................por las mañanas voy al curro con la bici y ahora solo falta ke me paren a tocarme los guebos con los reflectantes, o por el casco......con la cara de pocos amigos ke llevo, ya decia yo que el "monillo"(urbano),ke me saluda todos los dias hoy no me ha dicho nada,,,,,,,,,fijo ke un dia de estos me saca el talonario...................pandilla de chupopteros..........
Pd...Oye tu no eras el de la kedada de la garrotxa????????, pues espavila ke se te cuelan
Saludos
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