Buscando, buscando, he encontrado una pagina pertenecente al Senado francés en la que con motivo de la discusión de una ley que venia a regular los rescates se hace una comparativa sobre como está el tema en distintos paises europeos: Francia, España, Italia, Austria, Alemania y Suiza.
http://www.senat.fr/lc/lc61/lc61.html o
http://www.senat.fr/lc/lc61/lc61_mono.html
Es muy interesante esta comperativa, os traduzco la introducción a continuación.
RESUMEN
En Francia, la ayuda en montaña está garantizada esencialmente por servicios públicos, puesto que las operaciones de rescate sobre todo son llevadas por los gendarmes de alta montaña, por miembros de las Compañías republicanas de seguridad especialmente reclutados, así como por bomberos.
Sin embargo, los municipios, que son responsables de la organización de las ayudas en su territorio, pueden recurrir a medios privados. Deben entonces asumir la carga.
Aunque la ley n° 85-30 de 9 de enero de 1985 relativa al desarrollo y a la protección de la montaña prevean la posibilidad para los municipios de exigir de los interesados (o de sus beneficiarios) el reembolso de los gastos de ayuda adoptados con ocasión de accidentes relativos a la práctica de actividades deportivas, el decreto de 3 de marzo de 1987, redactado para la aplicacion de esta disposición, limitó ampliamente su alcance. En efecto, este texto no autoriza a los municipios mas que a obtener el reembolso de los gastos de ayuda siempre que los accidentes sean consecuencia a la práctica de dos actividades deportivas: el esquí alpino y el esquí de fondo. La circular de 22 de septiembre de 1987, relativa al reembolso de los gastos de ayuda y que comenta las disposiciones del decreto de 3 de marzo de 1987, explica que "la excepcion al principio de la gratuidad de las ayudas (...) se limita a los accidentes vinculados a la práctica del esquí alpino y el esquí de fondo; así son contempladas todas las actividades practicadas en esquí, incluidos el esquí de fondo y la modalidad nórdica ". Por consiguiente, las ayudas privadas movilizadas a consecuencia de un accidente del cual fue víctima un alpinista permanecen a cargo de los municipios.
Esta situación justificó el envio al Senado en marzo de 1999 de la proposición de ley n° 267, encaminada a permitir a los municipios a exigir el reembolso de los gastos de ayuda que ellos han comprometido con la ocasion de accidentes como consecuencia a la práctica de una actividad deportiva o de ocio. Esta proposición de ley, que afecta todas las actividades al aire libre, contempla, en particular, la que se practica en montaña.
Para apreciar el alcance de este texto en el ámbito particular de la ayuda en montaña, se analizó cómo se financiaba este último y como se organizaba en los principales países europeos interesados: l´Allemagne, l´Autriche, l´Espagne, l´Italie et la Suisse. Para Alemania, el estudio se limita al Estado Federado de Baviera, el más montañoso de todos los Estados Federados.
1) España confia la ejécucion de las operaciones de ayuda en montaña a un servicio público, mientras que, en los otros países, esta misión estara garantizada por organismos de derecho privado subvencionados por los poderes publicos.
Desde 1961, un servicio especializado de la guardia civil española asume en efecto todas las operaciones de ayuda y de intervencion en montaña.
En cambio, en los otros países estudiados, las operaciones de ayuda son llevadas por:
- la Cruz Roja en Baviera;
- una asociación sin ánimo de lucro, el Servicio austríaco de ayuda en montaña, en los distintos Estados Federados austríacos interesados;
- asociaciones regionales que representan el Cuerpo nacional de ayuda alpina y espeleológica, que constituye una sección del Club alpino en Italia;
- una asociación de intérês público, la organización cantonal de socorro del Valais, en el cantón suizo de Valais y el Club alpino suizo en los otros cantones de la Confederación Helvética.
2) La ayuda en montaña es gratuita en España y en la mayoría de los casos en Italia, mientras que es pagando en los otros países.
La guardia civil española no reclama ninguna contribución a los beneficiarios de las operaciones de ayuda. Sin embargo, en España, en algunas comunidades autónomas que crearon servicios de ayuda complementarios, el debate sobre la gratuidad de la ayuda en montaña se ha lanzado recientemente.
En Italia, las operaciones de ayuda son en general también gratuitas, ya que los gastos de transporte y ayuda están a cargo del sistema sanitario nacional si la víctima recibe efectivamente cuidados. Unicamente si la persona ayudada esta ilesa ella debe pagar los gastos de hélicoptero y de personal ocasionados por su su llamada.
En principio, la Cruz Roja bávara, el Servicio austríaco de ayuda en montaña, el Club alpino suizo y la organización cantonal de socorro del Valais facturan una parte de los gastos a los beneficiarios de las ayudas, o incluso a sus herederos.
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Luego se extiende al analizar en detalle cada uno de los paises. Pero para que veamos lo que se lleva por ahí vale con este resumen.
Saludos.
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